¿Qué es la visa H-1B?
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La visa H-1B es una visa de no inmigrante que permite a las empresas estadounidenses emplear temporalmente a trabajadores extranjeros en ocupaciones especializadas. Una ocupación especializada es aquella que requiere la aplicación de conocimientos especializados y la obtención de al menos una licenciatura o su equivalente. Las tarifas que un empleador debe pagar incluyen una tarifa de capacitación y procesamiento de $750 si el empleador tiene 25 empleados o menos. La tarifa de capacitación y procesamiento es de $1,500 para empleadores con más de 25 empleados. Además, todos los empleadores deben pagar una tarifa adicional de $500 por el cargo contra el fraude.
El número de visas H-1B emitidas cada año está sujeto a un límite anual. Las visas H-1B están limitadas a 65,000 durante un año fiscal; se disponen de 20,000 adicionales para aquellas personas que hayan obtenido una maestría o un título superior de una institución educativa superior de los Estados Unidos. Las visas H-1B1 están limitadas a 1,400 nacionales de Chile y 5,400 nacionales de Singapur; las visas E-3 están limitadas a 10,500 nacionales de Australia.
Los trabajadores con visas H-1B, H-1B1 y E-3 tienen algunos derechos a través de su visa. El empleador está obligado a proporcionar al trabajador una copia de la LCA (Certificación de Condición Laboral). El empleador debe pagar al trabajador al menos el mismo salario que se paga a otros empleados con experiencia y calificaciones similares o el salario vigente para la ocupación en el lugar de empleo, el que sea mayor. El empleador debe pagar el tiempo no productivo causado por el empleador o por la falta de licencia o permiso del trabajador. El empleador debe ofrecer al trabajador beneficios adicionales en las mismas condiciones que a sus otros empleados. Además, el empleador no puede exigir al trabajador que pague una penalización por abandonar el empleo antes de una fecha acordada.
Todos los empleadores que contratan a un trabajador no inmigrante con visa H-1B deben cumplir con lo siguiente:
- Mantener una Solicitud de Certificación de Condición Laboral (LCA) (Formulario ETA 9035 y/o ETA 9035E) con información veraz y precisa para cada lugar de trabajo permanente.
- Pagar al trabajador H-1B la “tarifa salarial requerida” aplicable a cada lugar de trabajo permanente.
- Ofrecer al trabajador H-1B las mismas condiciones laborales y beneficios adicionales que se ofrecen a los trabajadores estadounidenses empleados de manera similar.
- No emplear a un trabajador H-1B donde haya una huelga o cierre patronal en curso en la ocupación del trabajador.
- Informar a los trabajadores o a su representante sindical sobre la intención de emplear a un trabajador H-1B en cualquier lugar donde haya otros trabajadores en la misma clasificación ocupacional para la cual se solicita o coloca un trabajador H-1B.
- Proporcionar una copia de la LCA a cada trabajador H-1B.
- No permitir ni exigir al trabajador H-1B que pague la tarifa de presentación de la petición del Departamento de Seguridad Nacional de los Estados Unidos (USCIS) (anteriormente el Servicio de Inmigración y Naturalización).
- No exigir al trabajador H-1B que pague ninguna penalización por finalización anticipada.
- No tomar represalias ni discriminar a ningún trabajador que (a) divulgue información que (el trabajador crea) muestre una violación de este programa o (b) coopere con cualquier proceso relacionado con el cumplimiento del empleador de este programa.
- Proporcionar al trabajador H-1B el pago de todos los gastos relacionados con el trabajo.
- Notificar al USCIS de cualquier cambio en el estado laboral del no inmigrante H-1B (por ejemplo, siempre que el Departamento de Trabajo requiera una nueva LCA o cuando se termine el trabajo, cualquiera sea la razón).